Melchor Alcántara plantea que el tamaño de la oferta de alojamientos de corta estadía no demuestra por sí solo que exista un desplazamiento de huéspedes desde los hoteles
SANTO DOMINGO. – El debate sobre la regulación de los alojamientos de corta estadía debe determinar primero si esta modalidad está desplazando efectivamente demanda de la hotelería y en qué magnitud, planteó el director del Observatorio Nacional de la Industria de la Construcción (ONIC), Melchor Antonio Alcántara Damirón.
El planteamiento surge en medio del proceso iniciado por el Ministerio de Turismo (MITUR) para establecer un registro obligatorio de los inmuebles destinados a alquiler vacacional de corta estadía.
El proyecto sometido a consulta pública proponía crear el Registro Nacional de Alojamientos Turísticos (RENATUR), al que tendrían que incorporarse villas, apartamentos, casas, habitaciones, bungalós y otras modalidades de alojamiento de corta duración para poder comercializarse legalmente, incluso a través de plataformas digitales.
El proyecto también establecía que cada inmueble debía registrarse individualmente y contemplaba requisitos como la identificación del propietario o administrador, documentación del inmueble, número de identificación tributaria y una póliza de responsabilidad civil. Para las propiedades ubicadas en condominios, el borrador disponía además que debía presentarse el reglamento del condominio para verificar si existían restricciones a las rentas cortas.
Sin embargo, MITUR retiró el proyecto el 20 de julio y anunció una mesa de diálogo con los actores vinculados a esta actividad, por lo que el esquema contenido en ese borrador no constituye actualmente una regulación vigente.
La pregunta que plantea el ONIC
Es precisamente sobre el posible efecto de una regulación de este tipo que Alcántara Damirón pide ampliar el análisis.
El director del ONIC sostiene que la existencia de una oferta de renta corta mayor que la hotelera en determinados mercados no permite concluir automáticamente que esta modalidad esté debilitando a los hoteles.
A su juicio, para demostrar un desplazamiento perjudicial habría que conocer qué porcentaje de los huéspedes que utilizan rentas cortas habría utilizado un hotel de no existir esa alternativa, cuánto de esa demanda corresponde realmente a visitantes adicionales, cuánto gasto generan, cuánto tiempo permanecen y qué segmentos del mercado atienden.
También plantea que debería medirse el efecto de las rentas cortas sobre la ocupación hotelera, la inversión en nuevas habitaciones y el comportamiento de las tarifas antes de adoptar una conclusión definitiva sobre la relación entre ambos modelos de alojamiento.
“Sin esta información, cualquier conclusión definitiva sería prematura”, sostiene Alcántara Damirón, quien reclama que las decisiones regulatorias que afectan sectores estratégicos sean tomadas a partir de evidencia y de un análisis de largo plazo.
Un turismo que continúa creciendo
El planteamiento del ONIC se produce mientras la actividad turística mantiene un comportamiento positivo. Según el Banco Central, el valor agregado de hoteles, bares y restaurantes creció 4.6% interanual en junio de 2026. Durante ese mes llegaron 816,512 visitantes no residentes por vía aérea, 6% más que en junio de 2025, mientras que el acumulado del primer semestre alcanzó 4,963,343, para un crecimiento interanual de 10%.
Para Alcántara Damirón, el desempeño del turismo no demuestra por sí mismo que la renta corta compita con la hotelería. Lo que plantea es que constituye un elemento que debe ser incorporado al análisis, antes de concluir que las limitaciones a la primera necesariamente beneficiarán a la segunda.
El ONIC reconoce la necesidad de establecer reglas para la actividad, por lo que propone, como aspectos razonables, el registro de operadores, el cumplimiento tributario, estándares de seguridad, protección al consumidor y transparencia del mercado.
La discusión, por tanto, no es presentada por el organismo como una oposición a la regulación, sino como un cuestionamiento a que se adopten limitaciones sin cuantificar previamente sus efectos: “Regular sí, limitar sin evidencia no”, resume el ONIC.
La posición adquiere relevancia ahora que MITUR trasladó el proyecto de RENATUR a un proceso de diálogo que El Inmobiliario ha documentado- Entre los aspectos cuestionados por los representantes de las rentas cortas estuvieron las cargas administrativas del proyecto, el plazo transitorio de tres meses y disposiciones que, según ADORECO, no diferenciaban suficientemente entre pequeños anfitriones y operadores profesionales.
Para Alcántara Damirón, antes de decidir qué restricciones deben mantenerse, modificarse o descartarse, el país debería responder una pregunta económica fundamental: ¿cuál sería el beneficio neto para República Dominicana de limitar la renta corta después de considerar sus efectos sobre la hotelería y sobre el resto de la economía?
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