El dispositivo no siempre establece de forma explícita qué propiedad o bien corresponde a qué condenado, pero en varios casos sí lo hace o lo permite inferir a partir del texto
SANTO DOMINGO. – La sentencia del Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, que condenó a veinte personas naturales y declaró culpables a seis personas jurídicas por prevaricación, desfalco y estafa contra el Estado hasta lavado de activos agravado, atribuye de manera clara algunas de las titularidades de los bienes decomisados a los condenados.
La sentencia núm. 249-02-2026-SSEN-00040, expediente 062-2022-EPEN-00201, señala a Juan Carlos Torres Robiou como titular de cheques del JPMorgan Chase Bank depositados en cuentas del Banreservas que suman USD$35,790.58, y le atribuye directamente una propiedad en Rancho Arriba, San José de Ocoa (matrícula 0500033291), cuyo 50% fue decomisado al reconocerse que el otro 50% pertenece legítimamente al interventor Felipe de Js. Fernández Isa.
Rafael Núñez de Aza es nombrado en el dispositivo como propietario del solar S-179 en Colinas del Oeste (830.90 m²), del Solar SUB-180 (607.70 m²), de la Toyota Hilux dorada placa L305304, y de la residencia de la calle Cordillera Septentrional 151, definida en el documento como una mansión con discoteca, bar tipo bunker y gimnasio, cuyo inventario de mobiliario ocupa más de tres páginas del fallo.
El tribunal señala que ese inmueble fue adquirido y amoblado con dinero proveniente de actividades ilícitas de corrupción. También se le vincula a una cuenta del Banreservas (núm. 5500004782) con RD$142,725.99, y otra con USD$36,078.28.
Julio Camilo de los Santos Viola es el condenado con mayor número de propiedades identificadas individualmente en el dispositivo.
Viola tiene al menos veinte inmuebles en Santiago y el Distrito Nacional, incluyendo terrenos y propiedades que suman superficies cercanas a los 60,000 m² solo en la región del Cibao. Entre ellos, un predio de 31,806.09 m² en Santiago (certificado de título 0200142894), apartamentos en Torre Hariannet IX, el apartamento D5 de la Torre Elsa, y propiedades en los residenciales Nicolás Vargas y Jardines del Licey. También se le decomisan apartamentos en el condominio de la calle República de Colombia, Altos de Arroyo Hondo (241.33 m²).
Kelman Santana Martínez es el titular de Hacienda Kelman, S.R.L., una de las empresas condenadas a disolución, y la hacienda ganadera de San Pedro de Macorís se descompone en el dispositivo como un bien de esa persona jurídica.
CSNA Universo Empresarial, S.R.L. pierde dos inmuebles identificados con sus matrículas (309473484065 y 313127877768, este último de 628.82 m² en Santiago), además de su parte proporcional en el predio de la Avenida Charles de Gaulle.
Randa Internacional Company, E.I.R.L. es la propietaria registral del inmueble 309437079296 (1,538.69 m²) contiguo a la Plaza Randa, así como del camión Daihatsu con su logotipo y la camioneta Toyota identificada en el fallo.
La Plaza Randa Internacional en su totalidad, edificio y 44 locales, es el activo central de esta empresa.
Esmeralda Ortega Polanco aparece como copropietaria junto a Félix Manuel Duran Calderón del inmueble con matrícula 0100059132 (parcela SUB-147, 405.80 m²) en el Distrito Nacional, que fue incluido en el decomiso.
Epifanio Peña Lebrón aparece vinculado al apartamento C-5 de la Torre Lice Carolina 3, en Bella Vista (matrícula 0100305342), asociado también a la empresa Único Real State.
Rossy Maybelline Guzmán Sánchez (alias La Pastora) figura como titular del apartamento 3- del condominio residencial J Y J-II (145.00 m²), identificado en la lista como propiedad que no se pudo vincular a los hechos juzgados, por lo que el tribunal rechazó ese decomiso específico.
Las empresas que desaparecen
Seis personas jurídicas fueron condenadas a clausura definitiva y disolución, con sus bienes incorporados al Estado:
- CSNA Universo Empresarial, S.R.L.
- Randa Internacional Company, E.I.R.L.
- Aldom Glass Aluminium, S.R.L.
- Hacienda Kelman, S.R.L.
- R&F Agroindustrial, S.R.L.
- Rawel Importadores, S.R.L.
El terreno de 538.70 m² en la calle Cordillera Septentrional (parcela SUB-119) estaba registrado a nombre de Aldom Glass Aluminium. Los vehículos con el logotipo de Randa Internacional, incluyendo un camión Daihatsu y una camioneta Toyota, también quedaron decomisados.
Lo que el tribunal no pudo decomisar
El mismo Trigésimo Segundo ordinal que establece el decomiso masivo tiene su contraparte: los ordinales Trigésimo Tercero y Trigésimo Cuarto ordenan el levantamiento de incautaciones sobre bienes que el tribunal consideró no vinculados a los hechos o cuya propiedad legítima fue acreditada.
Entre los bienes devueltos o no decomisados están propiedades de los absueltos Miguel Alfredo
Ventura Pichardo, Eric Daniel Pereyra Núñez, Tanner Antonio Flete Guzmán, Guillermo de Jesús Torres Robiou y la Iglesia Bautista Vida Eterna del Señor Jesucristo, así como bienes de condenados respecto de los cuales la fiscalía no pudo probar el origen ilícito.
También se reconoció el derecho de interventores voluntarios, incluyendo los sucesores jurídicos de Angela Reyes, Créditos Guimanfer S.R.L., Crediviasa S.R.L. y Moto Crédito S.A., a recuperar cuatro propiedades específicas.
Este reportaje se basa en el análisis directo del dispositivo de la sentencia núm. 249-02-2026-SSEN-00040, de 89 páginas, dictado el 15 de junio de 2026. Los conteos de inmuebles son producto de la lectura literal del ordinal Trigésimo Segundo y los ordinales siguientes.
Toda cifra de superficie corresponde a datos explícitos en el fallo. La sentencia integral, que incluye fundamentación, se leerá el 14 de agosto de 2026.
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