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Te enseñamos cómo aplicar para el Bono Vivienda de bajo costo – Inmobiliario
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Para aplicar la persona debe ser adquiriente de una primera y única vivienda cuyo proyecto esté clasificado como vivienda de bajo costo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI). (Fuente externa).

Es una facilidad que otorga el gobierno dominicano a personas que desean obtener su primera vivienda, en proyectos de soluciones habitacionales de bajo costo,  calificadas por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) con un valor máximo de venta igual o inferior a los tres millones ochocientos veintinueve mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos con cuarenta y tres centavos (RD$3,829,454.43).​

De acuerdo a lo establecido por la DGII en su WEB, este incentivo, creado en la Ley 189-11, podrá utilizarse para completar el inicial de la vivienda o aplicarse al capital insoluto del préstamo, en caso de que el adquiriente haya completado el inicial.​; y será reajustado anualmente por inflación al índice de precios al consumidor, calculada por el Banco Central, en el renglón vivienda.    

Para ser beneficiario debe cumplir con las siguientes condiciones:

  1. Ser adquiriente de una primera y única vivienda cuyo  proyecto esté  clasificado como vivienda de bajo costo por el Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y registrado en la DGII, identificando el número de unidad y el proyecto habitacional.
  2. La vivienda debe ser utilizada o habitada por el adquiriente, ascendientes, descendientes o colaterales, todos hasta el primer grado.
  3. Ser beneficiario de un financiamiento por una entidad de intermediación financiera u otra entidad facultada para otorgar créditos, para obtener una vivienda clasificada (no obligatorio).
  4. Estar inscrito (a) en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

 La solicitud debe ser realizada por las fiduciarias en nombre de los adquirientes. De acuerdo a lo establecido en la Norma General 01-2015, modificada por la 02-2016, para solicitar el bono o compensación del ITBIS, las fiduciarias deben depositar en la  la DGII,(Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede o en el Área de Información de la administración local más cercana), los siguientes documentos:

  1. Formulario Solicitud de Certificación de Calificación o Bono de Vivienda de Bajo Costo (FI-GERE-001)llenado, firmado y sellado.
  2. Certificación de la Dirección General de Catastro Nacional de cada adquiriente y su cónyuge, en la cual se indique que no tienen bienes inmuebles registrados.
  3. Copia del contrato de tripartito de venta entre la entidad de crédito, el fideicomiso y el o los adquiriente(s), o copia del contrato definitivo de venta entre el fideicomiso y el o los adquirientes(s), o copia del del contrato de promesa de venta entre el fideicomiso y el o los adquirientes(s), en el que se haga constar el precio de venta de la vivienda y la descripción de la unidad habitacional, indicando su tipo según la calificación del INVI.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del o de los adquiriente (s) y su (s) cónyuge (s) o copia de los pasaportes si se trata de dominicanos residentes en el exterior. 
  5. Declaración Jurada de Residencia del adquiriente apostillada o notariada por el Consulado Dominicano en la que conste el país donde reside, su domicilio permanente en el mismo e indique que no percibe ingresos en la República Dominicana (aplica para los dominicanos residentes en el exterior).
  6. Certificación emitida por la fiduciaria donde indique que la unidad habitacional se encuentra desarrollada en al menos un 80 % (aplica para los casos que soliciten con la copia del del contrato de promesa de venta).

Para conocer si un proyecto habitacional se encuentra clasificado como Vivienda de Bajo Costo, puede ingresar al portal web de la DGII, en el menú Servicios,  sección Consultas, seleccionando RNC Contribuyentes. Para confirmar si un proyecto está registrado en la DGII, debe comunicarse con el Departamento de Fideicomisos o la Sección de Registro de Proyecto​s Inmobiliarios y proporcionar los datos del proyecto que desea consultar.

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