Por Yamalie Rosario
El Inmobiliario
SANTO DOMINGO.-La necesidad de que las rentas de corta duración sean reguladas a través de la Ley General de Alquileres de Bienes Inmuebles y Desahucio continúa logrando el respaldo de más sectores.
En esta ocasión, el diputado perremeista Eugenio Cedeño, quien presidió la comisión de la Cámara de Diputados que ha estudiado esa iniciativa en los últimos dos años y el presidente de la Asociación de Agentes y Empresas Inmobiliarias (AEI), Alberto Bogaert, coincidieron en señalar que se trata de un tema que debe ser estudiado y aprobado.
Ambos fueron entrevistados por El Inmobiliario por el planteamiento hecho la semana pasada a este medio por el experto en derecho inmobiliario, Héctor Alies Rivas, quien cree que la Ley de Alquileres debe tener un capítulo completo para establecer las normas que rijan esa actividad comercial.
Cedeño destacó la importancia de que se facilite la convivencia y se consignen reglas para regular las rentas cortas en el país, como sucede en otras naciones. Para él más que medidas impositivas en una normativa lo que debe asegurarse es que se controle ese negocio sin que se haga con muchas restricciones. De ese modo se establecería que el acceso de las personas «de esas plataformas digitales de los apartamentos, estará sujeto a las normativas internas de cada condominio, de cada edificio, de cada comunidad cerrada».
También, plantea que se establezcan sanciones para quienes violen las normas establecidas.
Añade que «A una ley de inquilinato no le importa el tema impositivo, creo que lo que a la ley debe importarle es que esa norma sirva para facilitar la convivencia de los propietarios de un edificio y los inquilinos de un propietario».
Sugiere no prohibir que un inquilino haga uso de su derecho de propiedad sino que a través de ciertas normas establecidas se garantice que se le pueda sacar provecho a un inmueble siempre y cuando cumpla con normas internas de ese condominio.
Reconoció que podría existir condominios que tengan entre sus normas la prohibición de rentar por corta duración. Insistió en la necesidad de establecer un régimen de consecuencias.
«Yo creo que el tema de las rentas cortas de un día, dos días, tres o cuatro días, o de menos de un mes, deben ser reguladas como se regula cualquier actividad comercial», analizó.
Añadió que «Eso es una especie de tipo de renta de hostelería, donde eso debe estar regulado como se regula el establecimiento de un hotel, como se regula el establecimiento de una cafetería, de cualquier cosa».
No obstante, reconoció que puede resultar un poco difícil establecer los límites.
También, favoreció que sean los condomines quienes establezcan los límites sobre el tipo de personas que pueden alquilar un inmueble de ese espacio residencial.
«Debe haber una forma de regular que las autoridades, tanto municipales como de la Policía Nacional y la Dirección General de Impuestos Internos tengan control sobre eso, tanto por materia impositiva como por materia de seguridad pública», analizó.
Coincide con la óptica de los agentes inmobiliaris debido a que Alberto Bogart manifestó su respaldo a que la Ley de Alquileres incluya las rentas de corta duración.
El presidente de la AEI precisó «¡Estoy de acuerdo! Las rentas cortas deben ser incluidas en ley de alquileres en un artículo especial».
De lo contrario, favoreció que ese tema sean contemplado en normativas futuras según va evolucionado el mercado.
Invitó a que se evalúe regulaciones existentes en otros países y los resultados obtenidos.
Destacó que las rentas cortas y su oferta habitacional forman parte esencial del crecimiento del turismo en la República Dominicana tanto a nivel local como internacional.
«A las rentas cortas en edificaciones residenciales o familiares debemos ponerle atención y tomar las medidas necesarias, y para esto hay que revisar la ley de condominio en primera instancia», reflexionó.
La semana pasada el empresario Frank Rainieri mostró su preocupación sobre el crecimiento desmedido que ha tenido el Airbnb y que esa plataforma de alquileres de corta estadía no esté regulada y reglamentada porque constituye una competencia desleal.
En iguales términos de los hoteleros del Este se han pronunciado la Asociación Nacional de Hoteles y Restaurantes (Asonahores).