En el mercado inmobiliario se ha normalizado el uso del término “comisión” para referirse al pago que recibe el agente inmobiliario. Sin embargo, más que una simple comisión, se trata de honorarios profesionales derivados de su rol como asesor. No es una gratificación ni un incentivo ocasional; es la retribución legítima por un servicio técnico, especializado y estratégico dentro del proceso de comercialización de un inmueble.
El sector inmobiliario se sostiene sobre dos pilares fundamentales: el desarrollador y/o propietario y el asesor inmobiliario. El asesor estructura la estrategia comercial, estudia el mercado, filtra clientes, coordina documentación legal, acompaña la negociación y garantiza un cierre ordenado. Ambos son esenciales para que la inversión se materialice en resultados.
El agente se convierte en asesor inmobiliario a partir de su capacitación profesional. No se limita a intermediar; orienta técnicamente en valoración de inmuebles, análisis de mercado, estructuración de precios, revisión documental, gestión contractual, negociación, financiamiento y cierre. Su formación continua le permite acompañar al propietario y al comprador con criterio, ética y responsabilidad.
En proyectos nuevos, el asesor posiciona el producto y dinamiza la demanda; en reventas analiza títulos, verifica estatus registral, orienta sobre precios reales y reduce riesgos para ambas partes. Además, invierte en promoción, asume costos operativos y gestiona riesgos reputacionales. Su trabajo impacta directamente en la velocidad de venta, la correcta valorización del inmueble y la disminución de contingencias legales.
Por ello, es necesario consolidar una cultura donde propietarios, desarrolladores y la sociedad comprendan que la llamada “comisión” constituye en realidad los honorarios profesionales del asesor inmobiliario. No es un costo adicional; es el pago por una gestión especializada que protege patrimonio y genera valor. El binomio propietario-asesor debe consolidarse como la mancuerna que dinamiza el mercado sobre la base de confianza y valor agregado.
En este contexto, el proyecto de ley sobre corretaje inmobiliario que cursa en el Congreso Nacional representa una oportunidad para fortalecer la institucionalidad del sector. Las versiones discutidas contemplan la regulación del contrato de corretaje y reconocen que los honorarios deben pactarse por escrito.
No obstante, más allá de la libertad contractual, el proyecto debería ser categórico en establecer que la comisión, por lo que profesionalmente representa, no debe fijarse en un monto inferior al 5 % del valor del inmueble, porcentaje que se ha consolidado como práctica estándar en el mercado dominicano.
Históricamente, el 5% ha funcionado como referencia equilibrada que permite cubrir costos operativos, promoción, tiempo de gestión y responsabilidad profesional. Fijar un mínimo no elimina la negociación; protege la dignidad del ejercicio y evita la competencia desleal basada únicamente en la reducción del honorario.
Un mercado que compite solo por precio deteriora la calidad del servicio. En cambio, reconocer un estándar mínimo fortalece la profesionalización y aporta estabilidad al sector. El asesor inmobiliario no es un intermediario ocasional, sino un profesional estratégico para un mercado más sólido, transparente y sostenible en la República Dominicana
El sector inmobiliario mueve inversión, desarrollo urbano y crecimiento económico. Es indispensable consolidar una cultura donde el asesor inmobiliario sea reconocido como profesional estratégico y donde sus honorarios sean protegidos como parte esencial del equilibrio y la sostenibilidad del mercado.
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