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Lo que deben saber los españoles residentes en República Dominicana para votar

El registro como residente en el Consulado es el paso previo para figurar en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, pero el plazo para incorporarse al censo utilizado en las elecciones generales del 29 de noviembre, ya concluyó

Santo Domingo. – Los ciudadanos españoles que residen de manera habitual en República Dominicana y desean ejercer su derecho al voto desde el exterior deben estar inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes, conocido como CERA.

Para las elecciones generales españolas convocadas para el 29 de noviembre de 2026, sin embargo, el calendario electoral establece una diferencia importante entre quienes ya figuraban en el censo y quienes desean regularizar ahora su situación consular.

El Consulado General de España en Santo Domingo informó que podrán participar en estos comicios las personas de nacionalidad española que consten de alta como residentes en su demarcación consular y figuren inscritas, a efectos electorales, en el CERA correspondiente a estas elecciones.

El primer paso: registrarse como residente

La inscripción electoral de los españoles que viven en el extranjero está vinculada al Registro de Matrícula Consular. Por ello, una persona que reside habitualmente fuera de España debe tramitar su alta como residente ante la oficina consular que corresponda a su lugar de residencia.

Este registro permite mantener actualizados los datos consulares y sirve de base para la inscripción electoral de los ciudadanos españoles residentes en el extranjero.

El procedimiento y la documentación requerida para el alta deben gestionarse ante el Consulado General de España en Santo Domingo, que atiende a los españoles residentes en República Dominicana dentro de su demarcación consular.

Para estas elecciones, el censo ya está cerrado

Aunque la inscripción como residente sigue siendo un trámite que pueden realizar los ciudadanos españoles que viven de manera permanente en República Dominicana, el calendario para formar parte del censo utilizado en las elecciones del 29 de noviembre ya concluyó.

El Consulado General de España en Santo Domingo informó que el censo electoral vigente para estos comicios fue cerrado el 1 de agosto de 2026.

Posteriormente, entre el 12 y el 19 de octubre, se habilitó un período extraordinario para consultar los datos del censo y presentar reclamaciones por exclusión, inclusión indebida o cambios en la información electoral.

El INE explica que, durante un proceso electoral, los ciudadanos españoles residentes en el extranjero pueden presentar reclamaciones sobre sus datos de inscripción. Para solicitar el alta en el CERA o modificar el municipio de inscripción se requiere, entre otros documentos, un certificado actualizado de inscripción en el Registro de Matrícula Consular, un documento español de identidad y la documentación justificativa correspondiente.

¿Cómo saber si está inscrito?

Los españoles residentes en República Dominicana pueden comprobar si figuran en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) mediante la consulta individual habilitada en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE).

El servicio permite verificar los datos de inscripción y requiere identificación a través del sistema Cl@ve. También pueden solicitar información en el Consulado General de España en Santo Domingo.

¿Quiénes todavía pueden votar?

Los ciudadanos que ya constaban como residentes en la demarcación consular y figuraban inscritos en el CERA para estas elecciones no tienen que solicitar previamente el voto.

La Oficina del Censo Electoral envía de oficio la documentación necesaria a la dirección que figura en su inscripción.

Los electores residentes en República Dominicana pueden ejercer su voto de dos maneras: por correo postal dirigido a la Oficina Consular, hasta el 24 de noviembre, o de forma presencial, depositando el voto en urna en el Consulado General de España en Santo Domingo entre el 21 y el 26 de noviembre, ambos días incluidos.

El Consulado está ubicado en la avenida Independencia número 1205, en la Zona Universitaria de Santo Domingo, y el horario establecido para el depósito presencial del voto es de 9:00 de la mañana a 1:00 de la tarde.

Los residentes temporales tenían otro procedimiento

La situación es diferente para los españoles que se encuentran temporalmente en República Dominicana, pero mantienen su residencia habitual y su inscripción electoral en España.

Estos ciudadanos debían registrarse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular y solicitar la documentación electoral mediante el procedimiento conocido como ERTA.

Quienes realizaron la solicitud dentro del plazo deberán enviar posteriormente su voto por correo certificado a la mesa electoral que les corresponda en España, siguiendo las instrucciones recibidas con la documentación electoral.

Fuentes

La información sobre los plazos y las modalidades de voto corresponde al Consulado General de España en Santo Domingo, en su comunicación oficial sobre las elecciones a las Cortes Generales del 29 de noviembre de 2026.

La información sobre el funcionamiento del Censo Electoral y los requisitos para presentar reclamaciones procede de la Oficina del Censo Electoral del Instituto Nacional de Estadística de España (INE).

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Solangel Valdez
Solangel Valdez
Periodista, fotógrafa y relacionista. Aspirante a escritora, leedora, cocinadora y andariega.
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