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SANTO DOMINGO.-Cuando le toque asesorar un cliente para rentar una propiedad asegúrese de que el contrato sea un traje hecho a la medida, donde se incluyan todos los pormenores y cláusulas necesarias que protejan el inmueble y su trabajo como corredor.

La abogada Elizabeth Silver, sugiere elaborar el documento guiado por un profesional del derecho, que tenga la capacidad de tomar en cuenta los detalles y requisitos necesarios para evitar malos entendidos de cara al futuro, de manera que cualquier reclamo pueda hacerse basado en el texto.

“Frente a cualquier proceso judicial los jueces se ajustan exactamente a lo que establezca el contrato. Si usted está asesorando un cliente para alquiler, deje que el abogado que es el perito en la materia se ocupe, para que usted no arrastre las consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento de alguna de las partes”.

Silver fue la primera expositora de la noche en la cuarta entrega de la certificación CBR 02 que durante esta semana realiza la Asociación de Agentes y Empresas Inmobiliarias (AEI), dirigido a corredores de bienes raíces de reciente inicio en el campo inmobiliario, así como aquellos que desean aumentar sus conocimientos sobre el quehacer de la industria. Las jornadas se realizan en modalidad virtual.

La experta con alrededor de 30 años vinculada al sector, recomienda a los agentes solicitar el consentimiento de los clientes interesados en el inmueble, antes de proceder a revisar su historial crediticio.

Sugirió incluir en el contrato una cláusula que permita que el propietario o su representante pueda tener acceso anualmente a la propiedad para que puedan acceder a revisar su estado físico, de manera que identifiquen cualquier daño a la propiedad.

Sobre el fiador solidario pide asegurar que el concepto sea incluido como tal, dado que hay una diferencia entre en el fiador solidario y el ordinario. “El código civil establece que el fiador ordinario no está obligado a pagar, solo lo tiene que hacer en caso de que el inquilino tenga situaciones en que no pueda cumplir con el pagar, en cambio al solidario se le puede cobrar en los mismos términos que al inquilino».

En los casos en que se trate de extranjeros y no pueda disponer de un fiador, debe asegurarse que sea solvente. “Se permiten concesiones como pagar seis meses por adelantado y cuando se vence renovar seis pagos más”.

“Nunca le digas a un inquilino que no le pague, siga cobrándole sus alquileres aunque no le vaya a renovar el contrato, porque entonces se queda en la casa y tampoco paga”, señala la profesional.

Si se trata de una residencia aconseja notificarle dos o tres meses antes que no va a renovar el contrato, en el caso del comercio, avisarle seis meses antes por las implicaciones que implica cuando se trata de un negocio.

En la segunda tanda expuso Iván Guerrero con el tema “Marketing Inmobiliario”, en el que orientó a los participantes sobre herramientas de promoción.