SANTO DOMINGO. El Ministerio de Trabajo anunció las fechas correspondientes a los días feriados durante el año 2022, dando cumplimiento a la Ley 139-97, que establece el traslado de los días feriados.
Dicha ley del 19 de junio de 1997, sobre traslado para los lunes de los días feriados que coincidan con los martes, miércoles, jueves o viernes, fue publicada en la Gaceta Oficial No. 9957 el 25 de junio de 1997 y entró en vigor el 27 del mismo mes y año, por lo que, de conformidad con lo establecido en la legislación dominicana, debe ser aplicada en todos los establecimientos del país.
De esta manera quedan los feriados 2022:
Sábado 1ero. de enero, fecha de celebración del Año Nuevo, no se cambia.
Jueves 6 de enero, día de los Santos Reyes, se trabaja y se cambia para el lunes 10 de enero.
Viernes 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia, no se cambia.
Miércoles 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 24 de enero.
Domingo 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional es inamovible.
No se traslada el viernes 15 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
Domingo 1ero. de mayo, día del trabajo, su carácter no laborable, se cambia para el lunes 02 de mayo.
Jueves 16 de junio, día en que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
Martes 16 de agosto, día de la Restauración de la República, en atención al Artículo 35 de la Constitución y a la Sentencia No. 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte de Justicia, no se cambia.
Sábado 24 de septiembre, día de las Mercedes y el domingo 06 de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
Domingo 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.
