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SANTO DOMINGO.- El contrato de alquiler debe plantearse como un traje a la medida de cada bien inmueble en particular y debe tomar en cuenta todos los detalles y cláusulas acordadas entre el propietario e inquilino, a los fines de proteger tanto el cliente como el trabajo del corredor de bienes raíces, plantea la abogada Elizabeth Silver.

Al exponer anoche en la Certificación Bienes Raíces (CBR02), organizado por la AEI, Asociación de Agentes y Empresas Inmobiliarias, la experta aconsejó asegurar que el documento sea redactado por un profesional del derecho, para evitar imprevistos, porque frente a cualquier reclamo judicial, el juez siempre se adhiere a lo que expresa el contrato.

Silver llamó a los agentes inmobiliarios a ser cuidadosos en la elaboración del instrumento legal, de manera que puedan proteger su cliente y su trabajo.

Hizo los señalamientos al disertar sobre el tema “Que debe saber un CBR sobre alquileres en República Dominicana, desde la perspectiva del negocio al aspecto legal”.

La abogada expuso sobre importantes cláusulas que deben atenderse dentro de un contrato de alquiler. Por ejemplo, la referida a subalquilar la propiedad, un tema que sugiere dejarlo expreso en el documento, porque “lo no prohibido está permitido”.

Llamó a los corredores de bienes raíces a ser cautelosos a la hora de investigar sus clientes y solicitar su consentimiento previo, tras explicar que debe incluirse, en el documento legal, todos los datos de los involucrados para que en cualquier eventualidad se les pueda contactar, sugiriendo asegurar la calidad de las partes.

“Evitarse problemas, por ejemplo es importante un poder para promocionar el alquiler o administrar el inmueble y en caso de ambas cosas también hay un poder y debe hacerlo para hacer esa función”.

En este último punto se extendió detallando que la cláusula debe ser extensiva tomando en cuenta aquellos propietarios que a los pocos meses de ceder la propiedad, aparecen queriendo asumir la administración, en cuyo caso aconseja colocar una disposición, donde el propietario pague todos los gastos en los que pudo haber incurrido el profesional a cargo del inmueble.

Una condición que destaca a tomar en cuenta es aquella que autoriza al propietario a revisar su inmueble cada año, de manera que pueda ver el estado del mismo, en el caso de las propiedades que se rentan amuebladas, este avistamiento debería incluirse cada seis meses. En ambos casos recomienda levantar un inventario de cada uno de los objetos y de las condiciones en que se entrega la propiedad, incluyendo videos y fotos con fechas.

Sobre la responsabilidad del fiador solidario explicó que es más atinado colocar esta figura y no un garante ordinario, porque al primero se le atribuyen en el contrato, las mismas responsabilidades que al inquilino y se puede  embargar en caso de incumplimiento.

Silver recordó que el contrato debe estar legalizado por un notario, a los agentes les pide nunca entregar las llaves sin cersiorarse de que todas las firmas estén debidamente registradas en el documento.

Sobre el aumento que contemplan cada año muchos propietarios con relación a sus inmuebles alquilados, aclara que en ningún estamento jurídico dominicano se establecen porcentajes al respecto. En ese sentido, sugiere que cada uno haga sus ponderaciones particulares, dependiendo del tipo de inquilino que le toque.

Sobre las empresas

Explica que al momento de aplicar para alquileres, también deben ser depuradas, pedirles su registro mercantil porque a veces hay empresas fantasmas y si es de reciente creación pedir carta bancaria para ver su aval, copia del acta de asamblea debidamente registrada. “Nunca permita que un cliente actúe como inquilino y fiador solidario al mismo tiempo”.