Invertir en bienes raíces en República Dominicana implica algo más que realizar transferencias o depósitos. La constancia de que los pagos fueron recibidos y correctamente imputados a la operación es una pieza clave de la seguridad jurídica. En este artículo explicamos por qué el recibo de pago y el estado de cuenta protegen la inversión desde el primer desembolso.
República Dominicana continúa consolidándose como un destino atractivo para la inversión inmobiliaria, tanto para compradores locales como extranjeros. Sin embargo, más allá de la ubicación del proyecto, la proyección de rentabilidad o el diseño del inmueble, existe un elemento esencial que incide directamente en la seguridad jurídica de la operación: la trazabilidad de los pagos realizados durante el proceso de compra.
En toda operación inmobiliaria —ya sea de inmuebles en planos, en construcción o terminados— el pago del precio suele realizarse de forma escalonada, a través de reservas, separaciones, cuotas intermedias y pagos finales. Cada uno de estos desembolsos forma parte integral del precio del inmueble y, por tanto, debe quedar debidamente documentado.
Desde el punto de vista legal, no basta con demostrar que el dinero salió de la cuenta del comprador. El derecho exige probar que el acreedor (constructor, desarrollador, fiduciaria, propietario) recibió esos fondos y los imputó a la obligación correspondiente. El Código Civil dominicano establece que quien alega haber cumplido una obligación debe probar el pago; por ello, el recibo emitido por la constructora, fiduciaria o desarrollador constituye una prueba escrita del cumplimiento parcial de la obligación del comprador.
El recibo de pago no es un simple formalismo administrativo. Es la constancia de que el vendedor reconoce haber recibido una suma específica, en una fecha determinada y como parte de una operación inmobiliaria concreta. En conjunto con los soportes bancarios, estos recibos permiten reconstruir la historia económica de la transacción y sirven de respaldo ante cualquier reclamación futura.
Tan importante como el recibo individual de cada pago es el estado de cuenta. Este documento consolida los pagos realizados, detalla los conceptos y permite verificar el balance pendiente. Para el inversionista, especialmente el extranjero, el estado de cuenta aporta claridad, control y previsibilidad. Para el desarrollador, representa orden interno, transparencia y prevención de conflictos.
La trazabilidad de los pagos adquiere especial relevancia al momento de preparar el contrato definitivo de compraventa. Dicho contrato debe reflejar con precisión el precio pactado y el historial de pagos efectuados, ya que esta información es utilizada para fines fiscales al momento de gestionar la autorización y el pago del impuesto de transferencia inmobiliaria ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Conforme a la norma general núm. 07-22, la DGII exige que en los actos y contratos de transferencia de inmuebles se identifique de manera clara el medio de pago utilizado y que los montos pagados estén debidamente sustentados. En la práctica, esto implica que el contrato definitivo debe contener un detalle claro y documentado de los pagos realizados durante el proceso de compra, respaldado por los correspondientes recibos de pago emitidos por la constructora, fiduciaria o desarrollador.
Cuando ese historial no está debidamente documentado, el proceso de autorización y pago del impuesto puede verse retrasado, afectando la formalización oportuna de la venta. Estos retrasos pueden generar recargos e intereses por el pago tardío del impuesto, convirtiendo una omisión documental inicial en una contingencia económica innecesaria para las partes.
En la práctica inmobiliaria, la falta de confirmación oportuna de un pago puede generar situaciones innecesarias que afectan la confianza del cliente. No es extraño que, semanas después de realizada una reserva o un pago inicial, surjan dudas sobre si el monto fue correctamente identificado o imputado al proyecto, provocando incertidumbre en el comprador y desgaste en la relación comercial. Aunque muchas veces no responde a mala fe, este tipo de escenarios puede llevar a un cliente a desistir de la operación, generando una experiencia negativa y una posible pérdida tanto para el agente inmobiliario como para el desarrollador. Estas situaciones suelen evitarse con prácticas simples pero fundamentales: verificación interna de los fondos, emisión oportuna del recibo de pago y una comunicación clara desde el inicio.
Como buenas prácticas, se recomienda a los compradores solicitar recibo por cada pago realizado y conservar tanto el soporte bancario como la constancia emitida por la constructora. Asimismo, es aconsejable solicitar estados de cuenta periódicos que reflejen los pagos acumulados y verificar que los montos coincidan con lo pactado contractualmente.
Desde la perspectiva de las inmobiliarias, constructoras y desarrolladores, una vez confirmados los fondos en cuenta, la emisión oportuna del recibo de pago y la actualización de los estados de cuenta deben verse como herramientas de protección jurídica y reputacional, no como una carga administrativa. Estas prácticas fortalecen la relación con el cliente, reducen riesgos legales y proyectan una imagen de profesionalismo y transparencia que el inversionista valora profundamente.
Invertir en bienes raíces en República Dominicana sigue siendo una excelente decisión. Pero, como en toda inversión seria, no se trata solo de pagar, sino de documentar correctamente cada paso. Porque en materia inmobiliaria, la seguridad jurídica se construye desde el primer recibo.
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