Este 28 de enero de 2026 vence el plazo para la presentación y pago de cinco obligaciones tributarias ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) —incluyendo el Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2) y la Contribución para la Gestión Integral de Residuos Sólidos (CRS)— que afectan la planificación financiera de empresas, constructoras, proyectos de infraestructura y sociedades en el mercado inmobiliario dominicano, dado que el cumplimiento en término es requisito para avanzar en permisos, financiamiento y licitaciones.
Impuestos que vencen:
1) Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2)
Impone una tasa del 27% sobre la renta neta imponible para personas jurídicas y sociedades, que deben declarar ingresos y beneficios del periodo fiscal anterior.
2) 1ª Cuota del Impuesto sobre Activos de Sociedades
Corresponde a la declaración parcial del impuesto sobre activos imponibles de sociedades, cuyo vencimiento acompaña al IR-2 cuando el cierre fiscal es 30 de septiembre de 2025.
3) Declaración Jurada Informativa de Instituciones Sin Fines de Lucro (ISFL)
Obligación de presentar información anual de ingresos y actividades para entidades no lucrativas domiciliadas en RD que deben cumplir requisitos de transparencia fiscal ante la DGII.
4) Declaración Informativa de Operaciones con Partes Relacionadas (DIOR)
Debida para sociedades que hayan efectuado transacciones con partes relacionadas en el periodo fiscal que cierra el 30 de septiembre de 2025, con el fin de reportar dichas operaciones a la autoridad tributaria.
5) Declaración de Oficio para la Contribución y Coprocesamiento de Residuos Sólidos (CRS)
Este pago especial anual obligatorio nace de la Ley 225-20 para crear fondos destinados a la gestión integral de residuos sólidos, a cargo de personas jurídicas según sus ingresos.
¿Dónde y cómo se pagan estos impuestos?
Los cinco impuestos que vencen este 28 de enero se pagan exclusivamente a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). El proceso inicia de forma digital y puede completarse en línea o en entidades financieras autorizadas.
Primero, el contribuyente debe presentar la declaración correspondiente en la Oficina Virtual de la DGII (www.dgii.gov.do), donde el sistema genera el monto a pagar y la autorización de pago.
Una vez generada la autorización, el pago puede realizarse de dos formas:
- En línea, mediante débito a cuenta bancaria desde la propia plataforma de la DGII.
- En bancos autorizados, presentando el número de autorización de pago o la declaración impresa con código de barras.
Este procedimiento es obligatorio para impuestos como el IR-2, Activos de Sociedades, DIOR, ISFL y la Contribución para la Gestión de Residuos Sólidos, y su confirmación es requisito para mantener la certificación fiscal al día.
Impacto directo en obras y proyectos
Para empresas constructoras, desarrolladores y sociedades inmobiliarias, estos vencimientos representan obligaciones de caja que deben considerarse en flujos de operación y en la programación de inversiones, particularmente porque el pago del IR-2 y la Contribución de Residuos Sólidos inciden en la determinación de utilidades después de impuestos y pueden afectar ratios financieros utilizados en la evaluación de financiamiento de proyectos y garantías ante bancos y fondeadores.
¿Por qué es importante el pago oportuno?
El vencimiento de estas cinco obligaciones tributarias el 28 de enero de 2026 exige planificación y cumplimiento oportuno por parte de sociedades y empresas que participan en el mercado inmobiliario dominicano, ya que retrasos pueden generar multas, intereses y efectos negativos sobre contratos, financiamientos y permisos de obra. La adecuada integración de estos impuestos en la planificación financiera corporativa contribuye a una mayor previsión de costos y a la seguridad jurídica de operaciones económicas.
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