Últimas noticias
Skip to main content

En su sesión de ayer la Cámara de Diputados dio a conocer los nombres de los miembros de la comisión especial designada para estudiar el proyecto, introducido el pasado 26 de agosto. La presidirá el diputado Eugenio Cedeño Areche, quien trabajará junto a sus pares: Rafael Castillo, Mateo Espaillat, Máximo Castro Silverio, Benedicto Hernández, Danny Guzmán, Ana Mercedes, Tulio Jiménez, Saury Mota y Luis Henríquez Beato. Asimismo, Nicolás Hidalgo, Dulce Quiñonez, José Miguel Cabrera, José David Pérez, Franklin Martínez y Leonardo Aguilera.

SANTO DOMINGO.- El proyecto de alquileres de bienes inmuebles y desahucios sometida ante la Cámara de Diputados por su presidente Alfredo Pacheco, prohíbe a los propietarios establecer condiciones ni discriminaciones al momento de elegir los inquilinos.

“Queda prohibido establecer como condiciones para el alquiler de viviendas la condición de no tener niños, la de ser extranjero o establecer discriminaciones relativas a la etnia, sexo, credo, condición social u otras formas de discriminación”, dice la pieza legislativa.

 Establece que “quienes solicitaren viviendas”, expresen los señalamientos indicados en el literal que antecede, si el contrato contiene expresiones que violen o inciten a la infracción de las disposiciones legales sobre la materia.

Eligen comisión de estudio

En su sesión de ayer la Cámara de Diputados dio a conocer los nombres de los miembros de la comisión especial designada para estudiar el proyecto, introducido el pasado 26 de agosto. La presidirá el diputado Eugenio Cedeño Areche, quien trabajará junto a sus pares: Rafael Castillo, Mateo Espaillat, Máximo Castro Silverio, Benedicto Hernández, Danny Guzmán, Ana Mercedes, Tulio Jiménez, Saury Mota y Luis Henríquez Beato. Asimismo, Nicolás Hidalgo, Dulce Quiñonez, José Miguel Cabrera, José David Pérez, Franklin Martínez y Leonardo Aguilera.

¿Quién repara?

En la pieza legislativa se consigna que el inquilino debe conservar el inmueble en buen estado y responder por todo daño o deterioro que se cause por su falta, culpa, negligencia o por la acción u omisión de las personas que habitan con él, sus familiares, trabajadores, clientes, huéspedes y visitantes, sostiene el documento.

Propone que sea el juzgado de paz del lugar donde se encuentre el inmueble el tribunal jurisdiccionalmente competente para conocer de las demandas en materia de alquileres. En su artículo 40 establece que “toda sentencia en desalojo dictada por el juez de paz será declarada ejecutoria no obstante cualquier recurso que contra ella se interpusiera.

“Sin embargo, el inquilino que apele la decisión podrá evadir la ejecutoriedad de la sentencia si probare haber consignado en el Banco de Reservas de la República Dominicana el doble del monto de las condenaciones establecidas en la sentencia a apelar”, dice.

Asimismo el proyecto propuesto por el presidente de la Cámara de Diputados sostiene que el desahucio de un inquilino podrá demandarse cuando la acción se fundamente en una o más de las causales como que el inquilino haya dejado de pagar el precio de alquiler correspondiente a dos mensualidades consecutivas; que el inmueble vaya a ser objeto de reparación, reedificación o nueva construcción que ameriten la desocupación.

Igualmente si el propietario o su cónyuge necesita ocupar el inmueble, o parientes de uno de ellos, ascendientes, descendientes o colaterales hasta el segundo grado inclusive.

 “En el hecho de que el inquilino haya destinado el inmueble a un fin diferente para el cual fue alquilado, sin el consentimiento previo y por escrito del propietario;  que el inquilino haya ocasionado al inmueble deterioros mayores que los provenientes del uso normal del inmueble, o efectuado reformas no autorizadas por el propietario o que el inquilino haya cedido el contrato de alquiler o subalquiler total o parcialmente sin el consentimiento previo y por escrito del propietario.”.