Las inversiones hechas ascienden a RD$994, 574.711.95 en las 160 propiedades. El 69% de los bienes comprados están ubicados en la provincia La Altagracia, el 24.7% en Samaná y el 6.9% en San Cristóbal.
SANTO DOMINGO.-Un total de 187 extranjeros adquirieron 160 inmuebles en la República Dominicana durante los primeros seis meses del 2023, siendo Haití, 33 propiedades, el país con mayores inversionistas (17.64%), seguido de Estados Unidos, 31 que representa el 16.57%.
Los datos fueron extraidos de la auditoría realizada por el Viceministerio de Gestión y Naturalización de Interior y Policía, que dirige el abogado Juan Manuel Rosario; destacando que el 93 por ciento de los extranjeros se encuentra en condición de tránsito o no residente.
Los compradores, según una publicación del Listín Diario, proceden de 40 países, entre ellos Italia, con 24 bienes, correspondiente al 12.83 por ciento; de Francia, con 15, el 8.02 por ciento; Canadá, con 10, el 5.34 por ciento; Venezuela, con 7, el 3.74 por ciento; Rusia con 7, el 3.74 por ciento. De otros 33 países que no se especifican adquirieron los restantes 60, correspondiente al 32 por ciento.
El 93 por ciento de los compradores (174) figura con un estatus migratorio de no residente, que solo está en tránsito en la República Dominicana. Mientras, solo el 7 por ciento (13) tiene residencia y domicilio en el país.
Los documentos aportados por los extranjeros para comprar los inmuebles fueron pasaporte, carnet de residencia temporal y permanente, licencia de conducir de su país de origen, y carta de identidad de extranjeros o cédula.
Las inversiones hecha por esas personas ascienden a RD$994, 574.711.95 en las 160 propiedades.
El 51.3 por ciento de las transacciones fueron realizadas en peso dominicano, el 45.6 por ciento en dólares y el 3.1 por ciento en euro.
El 69 por ciento de los bienes comprados por extranjeros están ubicados en la provincia La Altagracia, en la región Este del país; el 24.7 por ciento en la provincia Samaná, en el Norte, y el 6.9 por ciento en San Cristóbal, en el Sur.
Obligación del registro
Rosario explicó que mediante el decreto 21-98, los extranjeros están obligados a registrar en el Ministerio de Interior y Policía los bienes que adquieren en suelo dominicano.
Consideró que hay un problema con ese tema, porque antes existía la obligación de cada extranjero de que tuviera algún tipo de vínculos con la República Dominicana, antes de comprar, incluyendo que tuviera residencia.
Precisó que en el 1998 esto cambió, argumentando que se necesitaba inversión extranjera.
“Tenemos mucha gente de esas que compran aquí que están ilegales”, puntualizó Rosario.
También destacó el dato que revela la auditoría, de que los nacionales haitianos, entre todas las nacionalidades que han comprado bienes inmuebles, han pasado al primer lugar, en el último semestre del 2023.
Subrayó que la participación de los extranjeros haitianos que han estado comprando bienes inmuebles va creciendo.
De su lado, Laura Mariñez, encargada de la dirección para asuntos migratorios, resaltó que el 93 por ciento de esos compradores simplemente llegaron con su pasaporte y adquirieron un inmueble. “Después que adquieren un inmueble eso le complica hasta a Migración para hacer una deportación, porque ellos van a alegar un derecho de propiedad, que ya han adquirido inmuebles, pero el 93 por ciento no tiene un estatus legal migratorio”, indicó.
Al igual que Rosario, también hizo énfasis en que los nacionales haitianos ocupan el primer lugar entre los extranjeros que han comprado bienes inmuebles y que se ubican por encima de los estadounidenses, que tradicionalmente estaban en la primera posición.
“En este primer semestre Estados Unidos ocupa el segundo lugar, y Haití el primer lugar”, acotó Mariñez, la responsable del área de Migración.
Lo que dice el decreto
El decreto 21-98 dispone que los Registradores de Títulos y los Directores de los Registros Civil y Conservadurías de Hipotecas del país, deberán enviar al Secretario de Estado (ahora Ministerio) de Interior y Policía, una copia de todo acto o documento por medio del cual cualquier persona física o moral extranjera, adquiera uno o varios inmuebles ubicados en la Republica Dominicana, sin importar que tenga residencia o no.
El acto del Poder Ejecutivo establece que el envió de esa documentación deberá efectuarse dentro de los 15 días de haberse recibido el documento de traspaso de propiedad.
“La Secretaria de Estado (Ministerio) de Interior y Policía llevará un registro de todas las propiedades inmobiliarias ubicadas en Republica Dominicana, que sean adquiridas por extranjeros, aún de aquellos residentes o domiciliados en el país”, señala el artículo 3 del decreto 21-98. El decreto fue emitido el 9 de enero de 1998, por el entonces preidente Leonel Fernández.
Ese decreto derogó el número 2543, de fecha 22 de marzo de 1945 sobre adquisición de inmuebles por extranjeros. Y este, a su vez, derogó el número 101, del 6 de julio de 1942, que exigía a los extranjeros contar con una autorización del Poder Ejecutivo para invertir fondos en inmuebles urbanos y rurales.
Fuente: Listín Diario.