SANTO DOMINGO.- El recién depositado proyecto de Ley que regularía los servicios inmobiliarios y el contrato de corretaje en el país, propone que sea el Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes ( MICM ), quien vele por el cumplimiento de las disposiciones planteadas en el mismo.
En su artículo 11 sobre certificación de capacitación y calidad de intermediarios inmobiliarios, plantea que le corresponderá a esa entidad estatal «llevar en su protocolo y publicar en la página web del ministerio la lista de intermediarios inmobiliarios a los que se les haya conferido certificados y estén debidamente registrados y habilitados para ejercer la profesión; y otro listado de aquellos que hayan sido denunciados ante los tribunales».
El MICM también deberá expedir el correspondiente certificado de capacitación y calidad de intermediario inmobiliario, en la categoría de corredor o agente inmobiliario, después de verificar y constatar el cumplimiento de los requisitos establecidos para los intermediarios inmobiliarios establecidos en la presente ley.
Atribuciones
El artículo 8 de la pieza legislativa plantea que serán atribuciones de ese organismo asegurar la eficacia del servicio prestado por los corredores públicos, como auxiliares del comercio, cuidando siempre la seguridad jurídica en los actos en que intervengan.
Asimismo, le correspondería examinar a las personas que deseen obtener la calidad de aspirantes a corredores o a ejercer como corredores públicos, asegurándose de que estos sean profesionales capacitados.
Igualmente expedir y revocar las licencias correspondientes, vigilar la actuación de los corredores públicos y de las asociaciones y agentes de corredores e imponer las sanciones que prescribe la presente ley.
También le tocaría al MICM, de aprobarse el proyecto de ley, organizar y establecer el Registro Nacional de Intermediarios Inmobiliarios, ya sean personas físicas o jurídicas que se dediquen en forma habitual y profesional a la asesoría en la compra, venta, permuta, cesión, alquiler y otros derechos reales sobre bienes inmuebles.
Además, sería su responsabilidad aprobar ordenanzas, circulares, instrucciones, manuales y demás disposiciones administrativas de alcance general, que se requieran para que las funciones de regulación y protección se realicen de manera, continua y eficiente.
Certificación
Solo podrán usar el título de intermediario inmobiliario o cualquiera de sus especies, las personas que cuenten con la licencia vigente que las acredite como tal, la cual deberá ser expedida por el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, y quienes estén inscritos en el Registro Nacional de Intermediarios Inmobiliarios.
Licencia
El artículo 10 dispone que los servicios de corretaje solo podrán ejercerse previa obtención de la licencia de corredor de bienes raíces o licencia de agente de bienes raíces, para lo cual se requiere el certificado de capacitación.
“Los servicios inmobiliarios a los que hace referencia la presente ley estarán bajo el control de precios en la modalidad de libertad vigilada, a cargo del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes”, plantea el artículo 12.