La medida pretende envitar el lavado de activos en transacciones sensibles.
SANTO DOMINGO.– La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), anunció una actualización en los topes permitidos para realizar pagos en efectivo en transacciones consideradas de alto valor, en cumplimiento de la Resolución CONCLAFIT-2025-01 emitida por el Comité Nacional Contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (CONCLAFIT).
La institución explicó que la medida, en vigencia desde el 1 de septiembre de este año, modifica los límites contemplados en el artículo 64 de la Ley 155-17, con el propósito de reforzar la trazabilidad de las operaciones y reducir los riesgos asociados al uso excesivo de efectivo.
Entre los ajustes realizados, se establece un nuevo tope de RD$1,500,000 para pagos en efectivo en la compra, venta o transferencia de bienes inmuebles, lo que impactará directamente los procesos inmobiliarios que deben cumplir con controles de verificación más estrictos.
Para operaciones relacionadas con vehículos de motor, aeronaves y embarcaciones, el límite quedó fijado en RD$800,000, una cifra alineada con los requerimientos establecidos en la Norma General 06-2022, que exige presentar constancia fehaciente de pago para validar estos trámites ante la institución.
En cuanto a artículos catalogados como de lujo o alta exposición —como relojes, joyas preciosas u obras de arte— el máximo permitido para pagos en efectivo será de RD$700,000, con el fin de reforzar la supervisión de operaciones que, por su naturaleza, representan un riesgo potencial dentro del sistema.
Asimismo, la DGII informó que otros actos contemplados en los literales d, e, f y g del artículo 64 tendrán un tope de RD$400,000, ampliando los controles a categorías adicionales sujetas a vigilancia financiera.
La actualización también impactará los procesos de transferencias y descargos inmobiliarios, conforme a lo establecido en el Aviso 07-2025, el cual obliga a detallar de manera precisa los pagos realizados y aquellos pendientes de completar en transacciones de propiedad.
La entidad recordó que tanto personas físicas como jurídicas, así como los notarios públicos, deben cumplir estrictamente con estos nuevos límites y verificar la documentación requerida, tal como dispone la Norma General 07-2022 que rige su actuación en operaciones de este tipo.
Finalmente, la DGII reiteró que estas disposiciones buscan fortalecer la transparencia y mitigar riesgos de actividades ilícitas vinculadas al lavado de activos. Para consultas adicionales, los contribuyentes pueden comunicarse al Centro de Contacto, escribir al correo institucional o ingresar al portal web oficial de la entidad.

